Ser propietario suele ser más barato que ser alquilado en muchas ciudades, pero no tenemos que olvidar que, a la cuota de la hipoteca, tenemos que sumar otros gastos, como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
¿Qué es el IBI?
El Impuesto de Bienes Inmuebles es un impuesto directo que grava la titularidad de los derechos reales sobre cualquier bien inmueble, tanto pisos, como plazas de parking.
¿Cómo se calcula el IBI?
Para calcular el IBI tomaremos como base el valor catastral, que puedes consultar en la web del Catastro y se calcula en función de varias variables, como la ubicación o la antigüedad. Al valor catastral, aplicaremos un porcentaje, que viene determinado por el ayuntamiento. Actualmente, este porcentaje oscila entre el 0,4% y el 1,3%.
Hay ayuntamientos que aplican bonificaciones en algunos casos, como por ejemplo el ayuntamiento de Barcelona, que bonifica a las familias numerosas, las viviendas de protección oficial y las viviendas con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
¿Quién tiene que pagar el IBI?
Todos los propietarios de un bien inmueble tienen que pagar el IBI, salvo algunas exenciones, que dependerán del ayuntamiento. Por ejemplo, los monumentos o jardines históricos que estén registrados en el Patrimonio Histórico Español, están exentos de pagar el IBI. Lo mismo ocurre con las entidades sin ánimo de lucro, o los inmuebles muy afectados por una catástrofe natural, entre otras exenciones del IBI.
¿Quién paga el IBI en una compraventa?
Al vender un piso, es el vendedor el que debe correr con los gastos del IBI de ese año. Sin embargo, a veces vendedor y comprador llegan a un acuerdo para incluir una parte del IBI en el precio de compraventa.
¿Cuándo se paga el IBI?
En primer lugar, cuando compras un inmueble, deberás registrarte en la Dirección General del Catastro.
El IBI se paga una vez al año y cada ayuntamiento tiene un periodo para pagar el IBI. Además, algunos ayuntamientos tienen bonificaciones para las personas que pagan por adelantado.
Puedes pagar el IBI presencialmente en la oficina de recaudación del ayuntamiento, o puedes hacerlo por domiciliación bancaria, lo que además permite pagarlo a plazos. Algunos municipios también hacen descuentos a las personas que pagan por domiciliación bancaria.
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